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¿Que es una parcela?​

Es la representación de la cosa inmueble de extensión territorial continua, deslindada por una poligonal de límites correspondientes a uno o más títulos jurídicos o a una posesión ejercida, cuya existencia y elementos esenciales consten en un documento cartográfico, registrado en el organismo catastral.

Son elementos de la parcela:

I) Esenciales:

  • a) La ubicación georeferenciada del inmueble.

  • b) Los límites del inmueble, con relación a las causas jurídicas que les dan origen.

  • c) Las medidas lineales, angulares y de superficie.

 

II) Complementarios:

  • a)La valuación fiscal.

  • b)Sus linderos

Dichos elementos constituyen el “Estado Parcelario” del inmueble.

La determinación del “Estado Parcelario” se realiza mediante actos de levantamiento parcelario consistentes en actos de mensura ejecutados por profesionales con incumbencia en la agrimensura.

¿En qué consiste una Mensura?

Conjunto de actividades por medio de las cuales se identifican, se delimitan, se miden, se ubican, se representan y se documentan los hechos confrontados con los derechos. Es la representación gráfica del título en el terreno, con la incorporación de las mejoras existentes, en la cual se indicarán las restricciones, si hubiere, correspondientes.

¿Cuánto tarda el trámite de Mensura?

Depende del tipo de Mensura y de los organismos intervinientes (Municipalidad, Recursos Hídricos, Vialidad Provincial o Nacional, entes reguladores de distintos ductos, etc.), consulte a un Agrimensor. Hay que aclarar cuáles son los tiempos estimados propios de un Agrimensor y dejando claramente expresado que se excluye a los tiempos de la administración pública.

 

¿En qué consiste el Certificado de Deslinde y Amojonamiento?

El CDA es la representación gráfica de la ubicación de lo que indica el título respecto a su ubicación real y sus mejoras incorporadas. Se tramita en la Dirección de Catastro de la Municipalidad.

En el terreno se realiza el replanteo del lote de acuerdo con las medidas, ángulos, superficie y distancias a los esquineros de manzana que fueron consignadas en el Plano de mensura que dio origen a la parcela que se está deslindando y amojonando.

 

¿Cuando se necesita un CDA?​​

Se necesita cuando el propietario quiere conocer los límites de su lote para realizar el cerramiento, cuando tiene diferencias de límites con los vecinos y especialmente la Municipalidad lo solicita cuando el propietario tramita un plano de obra de Proyecto o Conforme a obra de lo que construyó.

¿En qué consiste la Verificación de Subsistencia de Estado Parcelario?​ (VEP)

La VEP es la Verificación de la subsistencia del estado parcelario, esto significa la posibilidad o no de poder replantear lo que indica el Plano antecedente que generó la parcela en el terreno y que no afecte a títulos linderos. Se tramita en la Dirección provincial de Catastro e Información Territorial (DPCeIT) y se necesita cuando se está por escriturar o hipotecar un lote o cuando se está realizando cualquier acto de constitución, modificación y/o transmisión de derechos reales y se encuentra vencido el plazo de registración del plano de mensura que lo generó.

El escribano me pide la VEP

No siempre es necesario realizar la VEP, consulte a un Agrimensor. “No se exigirá verificación de subsistencia del estado parcelario para la inscripción del dominio adquirido por usucapión o aluvión, ni para la transmisión de dominio por sucesión mortis causa” (Artículo 28 de la Ley 2217).

Además tampoco es necesario realizar una VEP cuando el plano que originó el lote está vigente: La vigencia es de 3 (Tres) años para lotes baldíos y 5 (cinco) años para lotes edificados a partir de la fecha de registración del plano de mensura en la DPCeIT.

¿Qué vigencia tiene una VEP?

Una VEP tiene 3 (tres) años de vigencia si la parcela se generó en condición de baldío, sino tiene 5 (cinco) años. Es la misma vigencia que la Ley establece para los Planos de Mensura.

¿A quién le corresponde realizar (pagar) la VEP, al vendedor o al comprador?

Generalmente es un acuerdo entre la parte vendedora y compradora, el vendedor debería tener en condiciones la documentación del inmueble a vender.

Quiero dividir un terreno, ¿Que necesito?

En principio debe ser el titular del dominio (tener la escritura a su nombre inscripta en el Registro de la Propiedad Inmueble), luego consulte a un agrimensor.

¿Qué valor tiene una VEP, CDA o Mensura, Tasaciones, etc.?

Depende cada caso, sin embargo, en el Colegio Profesional de Agrimensura de la Provincia del Neuquén podrá obtener información, o en su página web www.cpanqn.org se publican honorarios mínimos sugeridos, para las diferentes tareas realizadas por los agrimensores, brindando una idea de los valores.

Fuente: Colegio Profesional de Agrimensura de la Provincia del Neuqúen, www.cpanqn.org

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